Análisis Interno


Análisis del entorno interno de la institución educativa 

Alfredo Iriarte


Gestión Gobierno escolar

ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR


El Gobierno Escolar en los establecimientos educativos estatales estará constituido por los siguientes órganos:

1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.

2. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.

3. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.

Gestión Rectoral


El rector Colegio Alfredo Iriarte, Carlos Niño gestiona todos sus procesos en busca de los principios consignados en el Proyecto Educativo Institucional y en uso de sus facultades dar cumplimiento las normas establecidas para optimizar los procesos del colegio.
Le corresponde al Rector del establecimiento educativo:
 a). Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar;

b). Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto;

c). Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento;

d). Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.

e). Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa;

f). Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.

g). Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la Ley, los reglamentos y el manual de convivencia;

h). Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional;

i). Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local;

j). Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo, y

k).- Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.

Gestión Directiva y financiera



Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos serán las siguientes:

a). Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados;

b). Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia;

c). Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución;

d). Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos;

e).- Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;

f). Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.

g). Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que certifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos;

h). Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;

i). Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;

j). Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.

k). Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;

l). Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;

m). Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;

n). Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes;

ñ). Reglamentar los procesos electorales previstos en el Decreto 1860 de 1994.

o). Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos tales como derechos académicos, uso de libros del texto y similares, y

p). Darse su propio reglamento.

Parágrafo: El numeral o).sólo contempla presupuesto de ingresos y gastos de recursos propios, pues la Resolución 2580 de Octubre de 2009, establece la gratuidad total en el Sistema Educativo Oficial de Bogotá, por tanto no podrá efectuarse ningún cobro a los estudiantes, matriculados en los colegios oficiales


Gestión de participación comunitaria

OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN

El Consejo Estudiantil. Es el máximo órgano que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes. Los aspirantes a los cargos de: personero, contralor, cabildante menor y veedor, han de reflejar el perfil Alfredista propuesto en el PEI. Deberán presentar informes acerca de su gestión y socializar los acuerdos. Estará integrado por un vocero de cada grado. Corresponde al Consejo Estudiantil:

Personero Estudiantil. Será un estudiante de último grado encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia del colegio, desempeña funciones muy importantes como lo son:

Contralor Estudiantil. Estudiante de los grados 9º o 10º cuya función principal es la de vigilar por la adecuada ejecución y utilización de los recursos del colegio.

Cabildante Menor. Es un representante estudiantil cuya misión principal es la de asistir a las reuniones programadas por la Alcaldía local y rendir informe sobre acuerdos y compromisos a los cuales se haya llegado en sus reuniones.

MATRIZ FODA DEL ANÁLISIS INTERNO 

Colegio Alfredo Iriarte




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